

Sí, se pueden reclamar las pérdidas por contratos por diferencias (CFD). Sin embargo, será necesario contar con la asistencia de abogados especializados en la materia. Por eso, a la hora de optar por estos productos de inversión se recomienda ser prudente. Conocer el instrumento y valorar sus riesgos.
Pero si ya has invertido y tu bróker no te suministró la información que necesitabas, el Derecho Comunitario te ampara como consumidor. ¿Cómo puede reclamar las pérdidas por CFD? Simplemente rellena nuestro formulario para que entremos a valorar el caso. Uno de nuestros abogados especializados en esta clase de reclamaciones se pondrá en contacto contigo y te explicará los próximos pasos.
Los contratos por diferencias, más conocidos como CFD por sus siglas en inglés (Contracts for Difference) son productos complejos. De hecho, la European Securities and Markets Authority (ESMA) emitió una advertencia a los inversores ya en 2013, alertando sobre la complejidad y los riesgos de estos instrumentos.
Se trata de acuerdos entre compradores y vendedores, conforme al cual se intercambia la diferencia entre el precio actual y futuro de un activo. Por ejemplo, pueden establecerse sobre la base de acciones, divisas, materias primas o índices. El comprador abonará un depósito inicial al momento de suscribir el contrato, y se intercambiará la diferencia entre los valores inicial y final una vez cerrado el contrato.
Esto significa que, si el precio del activo ha crecido a lo largo de la vida del contrato, el operador CFD abonará la diferencia al inversor. Pero si ha caído será el inversor quien deberá pagar al proveedor.
Explicado así, el comportamiento de un CFD podría parecer el de una acción u otros productos de inversión similares. Pero hay una gran diferencia: el inversor nunca adquiere el activo sobre el que se basa el CFD.
Por otro lado, existen costes asociados a la operación. Por ejemplo, las comisiones que obtendrá el proveedor, que se pueden calcular de forma general o por cada operación. Los costes también incluyen diferenciales entre precios de compra y venta, gastos de financiación, comisiones por gestión de cuentas e incluso impuestos.
Como se comprenderá, el cálculo de estos costes es complejo y casuístico. Lo que lleva a cierta imprevisibilidad. Además, es fácil que estos costes terminen por superar los beneficios brutos de la operación, lo que conllevaría que, incluso habiendo precios finales superiores a los iniciales, el inversor todavía tenga que pagar a su proveedor.
Por si fuera poco, existen ciertos riesgos inherentes a los CFD. En primer lugar, el nivel de riesgo al que se expone el inversor es mayor cuanto mayor resulta el apalancamiento del producto.
La volatilidad del mercado también introduce riesgos, que pueden hacer que este no sea el instrumento idóneo para inversores que no disponen del tiempo y la experiencia para monitorizar la marcha del activo en que se basan. Además, el riesgo de liquidez podría hacer que el CFD o su activo subyacente no puedan negociarse en el momento oportuno, lo que conllevaría la imposibilidad de aprovechar ventanas de oportunidad.
Por otro lado, el proveedor de CFD puede solicitar correcciones al depósito (por ejemplo, para mantener una posición de margen ante caídas del valor del activo). Si el inversor no paga, el proveedor podría cerrar su posición, lo que supondrá una pérdida. Se han reportado casos en que los operadores han cerrado todas las posiciones de un cliente por no disponer de suficiente margen, incluso siendo que algunas de ellas mostraban beneficios en el momento.
Esta fluidez de la posición de margen hace que, en muchas ocasiones, el inversor deba permitir que el operador le realice disposiciones eventuales y discrecionales. Lo que deriva en una serie de cobros repentinos que no siempre son fáciles de calcular ni prever.
A estos riesgos inherentes se suma la forma clásica de comercialización de los CFD. Los contratos por diferencias suelen negociarse online, lo que incorpora cierta opacidad a la operación y, generalmente, priva al inversor no experimentado de la asesoría que requiere para entender este producto y sus riesgos.
Sí. Como ya hemos explicado, las pérdidas por contratos por diferencias se pueden reclamar. Tengamos en cuenta que el bróker está obligado a proporcionar información clara, correcta, precisa y suficiente sobre los productos y servicios de inversión que ofrece, así como sobre sus riesgos. Esta información debe ser previa a la aceptación del consentimiento de su cliente, y contar con suficiente antelación como para que el inversor entienda los riesgos que asumirá con la firma del contrato.
Sabemos que los contratos por diferencias no siempre se negocian de este modo. De hecho, el Derecho de la Unión Europea persigue desde la aprobación de la Directiva MiFID (incorporada en 2019 a nuestro derecho nacional) este tipo de actuaciones.
Esto abre la posibilidad de reclamar a aquellos inversores que no sean profesionales y a quienes no se haya explicado claramente el funcionamiento del producto. Las autoridades de control también vigilan la autorización del proveedor para realizar operaciones de inversión en cada Estado miembro.
De modo que puedes reclamar siempre que:
Se trata de mecanismos de garantía y de protección al consumidor y usuario. Por tanto, la reclamación será más compleja e incluso inviable si el cliente conocía los riesgos de la operación por su experiencia o práctica profesional.
En cualquier caso, te recomendamos que contactes con nosotros para poder estudiar tu caso y trazar la mejor vía de acción. Contamos con abogados especialistas en reclamación de pérdidas por contratos por diferencias o CFD.